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Educación financiera··

Cuánto te cuesta de verdad tu bróker: las cinco comisiones que no aparecen en la portada

Divisa, custodia, inactividad, dividendos y traspaso: las cinco comisiones que la portada de un bróker no enseña, cómo se calculan y cuánto pesan en tres carteras de ejemplo.

Cuánto te cuesta de verdad tu bróker: las cinco comisiones que no aparecen en la portada

Comprar unos 8.000 € en acciones estadounidenses, en cuatro veces, puede costar unos 30 € el primer año o entre unos 285 y 345 €. Las acciones son las mismas en los dos casos y la comisión que anuncia cada entidad por operación tampoco explica la diferencia. Lo que cambia es todo lo demás: el cambio de euros a dólares, la custodia, el cobro de los dividendos y lo que cuesta llevarse los valores a otra entidad.

Este artículo repasa las cinco comisiones que casi nunca salen en la portada de un bróker: dónde aparecen, cómo se calculan y cuánto pesan en tres carteras de ejemplo. No compara marcas ni recomienda ninguna entidad. Compara estructuras de coste, que es lo que sirve para leer cualquier tarifa, incluida la de tu banco.

Las cifras salen de tarifas publicadas por entidades que operan en España, consultadas el 2 de noviembre de 2026. Cambian con frecuencia: úsalas para entender el mecanismo, no como precio vigente.

Dónde están escritas las comisiones de verdad

La portada de un bróker enseña el precio de comprar y vender. El resto está en dos documentos que cualquier cliente puede pedir.

El primero es el folleto o documento de tarifas. En España, la Orden EHA/1665/2010 y la Circular 7/2011 de la CNMV obligan a las entidades a recoger en un folleto sus tarifas máximas de compraventa, custodia, cobro de dividendos y traspaso, a tenerlo en su web y a comunicarlo a la CNMV, que también lo publica. Ojo con la palabra «máximas»: es el techo que la entidad se reserva, no necesariamente lo que te cobra. Muchas aplican tarifas más bajas, que publican aparte o pactan en el contrato; lo que te cobran es lo que figura en tus condiciones contractuales, nunca más que el folleto de máximos. En julio de 2026 la CNMV sometió a consulta pública una circular que suprime el capítulo de la Circular 7/2011 dedicado a los folletos de tarifas para equipararlo con la norma europea, así que este régimen puede cambiar.

El segundo es la información de costes que exige MiFID II. El artículo 50 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565 obliga a la entidad a sumar todos los costes del servicio y del producto, a expresarlos en euros y en porcentaje, y a darte esa información antes de operar (ex ante). Además, cuando te ha vendido o recomendado los productos o te ha entregado su documento de datos fundamentales y mantienes una relación continua con ella, debe enviarte una vez al año los costes reales que pagaste (ex post). El anexo II del mismo reglamento cita expresamente como costes la custodia, los costes de traslado de cuentas y los gastos de cambio de moneda. Si tu entidad te manda ese informe anual, ahí está la cifra total que pagaste. Si no lo recibes, pregunta si te corresponde; en cualquier caso, puedes pedir el desglose de las comisiones de cada operación.

1. El cambio de divisa: la comisión que no se ve en el extracto

Cuando compras una acción que cotiza en dólares con una cuenta en euros, alguien cambia tu dinero. Ese cambio casi nunca se cobra como una línea aparte: se aplica un tipo de cambio peor que el de referencia, y la diferencia es la comisión. Una entidad lo explica así en su folleto: «el margen está incluido en el tipo de cambio aplicado y no se cobra como comisión independiente».

En las tarifas consultadas, ese margen va del 0,25 % al 1 % por cada conversión:

Margen de divisa Coste al comprar 2.000 $ Coste de ida y vuelta (comprar y luego vender)
0,25 % 5 € 10 €
0,50 % 10 € 20 €
0,70 % 14 € 28 €
1 % 20 € 40 €
Cálculo propio sobre un importe de 2.000 $ en cada sentido. Las cifras en euros son aproximadas: se aplica el margen al importe sin entrar en el tipo de cambio del día.

Tres detalles que cambian la cuenta:

  • Se paga dos veces. Al comprar cambias euros por dólares; al vender, dólares por euros. Y los dividendos en dólares también se cambian cuando llegan, salvo que tengas una cuenta en esa divisa.
  • Puede subir sin que hagas nada. Una de las tarifas consultadas aplica hoy un diferencial del 0,70 % y anuncia que pasará al 1 % desde el 10 de noviembre de 2026. Su comisión por operación no cambia; el coste del cambio de divisa sube un 43 %.
  • El tipo de referencia también importa. Esa misma entidad calcula el margen sobre el tipo de cambio que fija la tesorería de su grupo, «que es distinto al tipo de cambio oficial». Un 1 % sobre un tipo que ya es peor que el del mercado es más de un 1 %.

Si inviertes en ETF que cotizan en euros, desaparece la comisión de cambio del bróker. El riesgo de divisa no: un ETF UCITS que replica un índice estadounidense puede cotizar en euros en Xetra o en Euronext, pero su valor sigue dependiendo del dólar, y el cambio que hace el fondo dentro va en sus costes. Lo explicamos en qué es un ETF y cómo elegirlo.

2. La custodia: un porcentaje pequeño con un mínimo grande

La custodia es lo que cobra la entidad por tener tus valores depositados y administrarlos. Suele expresarse como un porcentaje anual sobre el valor de la cartera, y por eso parece barata: 0,15 % al año en una de las tarifas estándar consultadas. El problema está en la letra pequeña: el mínimo.

Esa misma tarifa fija un mínimo de 8 € por trimestre, más IVA, y no aclara si se aplica a cada valor o a la cuenta entera. En el folleto de tarifas máximas de otro gran banco el mínimo de custodia es por valor, y así lo calculamos aquí. Con una cartera de cinco acciones españolas de 2.000 € cada una:

  • El 0,15 % anual de 2.000 € son 3 € al año, 0,75 € por trimestre.
  • Pero el mínimo es de 8 € por trimestre, así que se cobra el mínimo: 32 € al año por valor.
  • Cinco valores: 160 € al año, que con el 21 % de IVA son 193,60 €. Es un 1,94 % de la cartera, trece veces el 0,15 % anunciado. Si el mínimo fuera por cuenta, serían 32 € al año para toda la cartera: 38,72 € con IVA (0,39 %), más de dos veces y media el porcentaje anunciado.

Leído por valor, el porcentaje solo empieza a mandar cuando cada valor supera los 21.333 € (en acciones españolas) o los 9.143 € (en extranjeras, con un 0,35 % anual). Por debajo de esas cifras pagas el mínimo, y cuantas más posiciones pequeñas tengas, más pagas. Diversificar en muchas posiciones pequeñas es justo lo que penalizan las tarifas con mínimo por valor. Pregunta a tu entidad cómo aplica el suyo: es la diferencia entre los dos resultados.

Dos apuntes más:

  • El IVA se suma. La custodia y administración de valores no está exenta de IVA, y las tarifas consultadas lo indican con «+ IVA». Un 21 % más sobre la cifra que lees.
  • Los techos son mucho más altos. El folleto de tarifas máximas de un gran banco español fija para la custodia un 0,80 % anual con un mínimo de 12 € por valor español y de 40 € por valor extranjero. Es el límite que se reserva, no lo que cobra a todos, pero conviene saber que existe y preguntar cuál te aplican.

En el otro extremo, varias entidades no cobran custodia: dos de las tres estructuras de este artículo la tienen a cero. Ahí el coste se ha movido a otra parte, normalmente a la divisa o a los costes de acceso a mercados.

3. Inactividad, conectividad y otras cuotas por existir

Hay comisiones que no dependen de lo que haces, sino de lo que no haces o de dónde tienes tus posiciones.

La inactividad disfrazada de custodia. En una de las tarifas consultadas la custodia es gratuita si haces al menos una operación en el trimestre. Si no operas, cobra 4 € por clase de valor y trimestre, más IVA, con un tope de 60 € por cuenta que la tarifa no aclara si es trimestral o anual. Para quien compra y mantiene, que es justo el inversor que no opera, con cinco valores son 96,80 € al año con IVA. No se llama «comisión de inactividad», pero funciona igual.

La conectividad. Algunos brókeres cobran una cuota anual por cada bolsa extranjera en la que operes o tengas posiciones. En una de las tarifas consultadas son 2,50 € al año por mercado, con un tope del 0,25 % del valor de la cuenta, y la Bolsa de Madrid no paga. Es poco dinero, pero se multiplica por cada mercado: acciones en Nueva York, un ETF en Xetra y otro en Londres son tres cuotas.

Los gastos «de tramitación» y los cánones. Una comisión de «1 € por operación» puede llevar al lado «+ 1 € de tramitación», y otras tarifas añaden que «se repercutirán los cánones, gastos y/o impuestos inherentes al mercado». Una entidad cobra además 6 € extra por cada operación hecha por oficina o por teléfono. Antes de comparar dos comisiones por operación, comprueba que estás sumando lo mismo.

Los mínimos por operación. Un 0,37 % parece razonable hasta que lees «30 € mínimo + 20 €». Comprar 300 € de un ETF extranjero con esa tarifa cuesta 50 €, un 16,7 % de lo invertido. Para quien aporta poco y a menudo, el mínimo por operación decide más que cualquier porcentaje.

4. Los dividendos: dos cobros que se comen la renta

Un dividendo de 100 $ de una empresa estadounidense no llega entero a tu cuenta, y no todo lo que se queda por el camino es impuesto inevitable.

La comisión por cobrar el dividendo

Muchas entidades cobran por abonarte el dividendo. En dos de las tarifas consultadas es un 0,25 % con un mínimo de 1,50 € por cada pago (más IVA en una de ellas). Con dividendos grandes es irrelevante; con pequeños, no:

Dividendo cobrado Comisión (0,25 %, mínimo 1,50 €) Con IVA
20 € 1,50 € (7,5 %) 1,82 € (9,1 %)
100 € 1,50 € (1,5 %) 1,82 € (1,8 %)
600 € 1,50 € (0,25 %) 1,82 € (0,3 %)
Cálculo propio. Las empresas estadounidenses suelen pagar cuatro veces al año: la comisión se cobra en cada pago.

Los techos, otra vez, son mayores. El folleto de tarifas máximas de otro gran banco español fija para el cobro de dividendos de valores extranjeros un 1,20 % con un mínimo de 30 €. Aplicado a un dividendo de 60 €, ese máximo se llevaría la mitad. Insistimos: es un máximo registrado, no la tarifa que aplica a todos sus clientes, pero es la razón para preguntar antes de comprar acciones extranjeras en el banco de siempre.

La retención en origen y el formulario W-8BEN

Estados Unidos retiene un 30 % de los dividendos que paga a no residentes, salvo que el beneficiario acredite que puede acogerse a un convenio. El convenio entre España y Estados Unidos limita esa retención al 15 % para un residente en España, y la forma de acreditarlo es el formulario W-8BEN, que se entrega al bróker. Según las instrucciones del IRS, el formulario vale desde que se firma hasta el último día del tercer año natural siguiente: uno firmado en 2026 caduca el 31 de diciembre de 2029, y después hay que renovarlo.

La diferencia no es pequeña porque Hacienda solo te deja deducir el impuesto pagado fuera hasta el límite del convenio (y nunca más de lo que pagarías en España por esa renta). Con 100 $ de dividendo bruto y el primer tramo del ahorro (19 %):

Con W-8BEN Sin W-8BEN
Retención en Estados Unidos 15 30
IRPF español sobre el bruto (19 %) 19 19
Deducción por doble imposición internacional −15 −15 (límite del convenio)
Impuesto total 19 34
Te quedas con 81 66
Cálculo propio y simplificado: ignora la comisión de cobro y el cambio de divisa. Los 15 $ retenidos de más, en general, solo se recuperan reclamándolos a la administración estadounidense (salvo que el bróker corrija la retención dentro del mismo año), un trámite que rara vez compensa en importes pequeños.

Si tus acciones están depositadas en una entidad española, además, esa entidad practica la retención a cuenta del IRPF (19 %) sobre el dividendo neto que recibe después de la retención extranjera; luego se regulariza en la declaración. Otros países tienen sus propias retenciones y límites: el convenio con Francia y el de Alemania, por ejemplo, también fijan un 15 %, pero recuperar lo retenido de más exige trámites ante la administración de cada país. Cómo se declara todo esto lo explicamos en la guía fiscal del inversor en España.

Antes de comprar acciones extranjeras conviene preguntar a la entidad dos cosas: si gestiona el W-8BEN (y avisa cuando caduca) y si aplica la retención reducida del convenio en origen. Si no lo hace, la diferencia sale de tu dividendo.

5. La salida: cuánto cuesta llevarte los valores

La última comisión es la que se descubre al final: el traspaso de valores a otra entidad. Cuando cambias de bróker puedes vender todo y transferir el dinero, o pedir que te traspasen los valores tal cual. La segunda opción evita vender, y vender es lo que genera una ganancia patrimonial que tributa. Pero el traspaso tiene precio, normalmente un porcentaje por cada clase de valor con un tope.

Con una cartera de seis valores de 3.000 € (18.000 €) y las tarifas consultadas:

Tarifa de traspaso Coste de traspasar 6 valores de 3.000 €
0,20 %, máximo 6 € por valor, + IVA 43,56 €
0,30 %, máximo 150 € por valor 54 €
0,50 %, máximo 500 € por valor, + IVA 108,90 €
3 %, máximo 150 € por valor (tarifa máxima registrada) 540 €
Cálculo propio. Cada valor se cobra por separado: con muchas posiciones pequeñas, el tope por valor protege poco.

No confundas este traspaso con el de fondos de inversión. Traspasar el dinero de un fondo a otro sin tributar es un régimen fiscal propio de los fondos que no se aplica a acciones ni a ETF cotizados; lo contamos en fondos indexados o ETF. Aquí hablamos solo de lo que cobra la entidad por mover los títulos.

Hay brókeres que no cobran por retirar dinero y otros que cobran por traspasar valores hacia fuera. Si piensas que algún día puedes cambiar de entidad, esta línea del folleto pesa tanto como la comisión de compra.

Lo que no es comisión pero también pagas

El Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Desde 2021, la Ley 5/2020 grava con un 0,2 % la compra de acciones de sociedades españolas cotizadas cuya capitalización superase los 1.000 millones de euros el 1 de diciembre del año anterior. La Agencia Tributaria publica la lista cada diciembre: la que rige en 2026 tiene 61 clases de acciones de 60 sociedades. Comprar 2.500 € de una de ellas cuesta 5 € de impuesto, que el bróker ingresa por ti y suele aparecer en el justificante de la operación. Se calcula sobre el precio, sin incluir comisiones, y solo en la compra: vender no tributa por este impuesto. Tampoco lo pagan las acciones de empresas extranjeras ni los ETF (sí los certificados que representan acciones españolas de la lista), aunque otros países tienen impuestos parecidos sobre sus propias acciones.

El diferencial de compraventa. Entre el precio al que puedes comprar y el precio al que puedes vender siempre hay una diferencia. En acciones grandes es mínima; en ETF poco negociados o en valores pequeños puede costar más que la comisión. Tampoco aparece en ningún folleto.

Los gastos del propio producto. Un ETF o un fondo cobran su comisión de gestión dentro del precio (el TER), y la información MiFID la suma a la del servicio. Es otro coste, pero no lo pone el bróker.

Tres carteras, tres estructuras de coste

Para ver cómo se combinan, hemos aplicado tres estructuras de tarifas reales a tres carteras de ejemplo. Las estructuras no se nombran porque el objetivo es comparar mecanismos, no entidades, y porque las tarifas cambian:

  • Estructura A — banco con tarifa estándar: 0,27 % por operación en España (mínimo 8 € + 3 €) y 0,37 % en mercados extranjeros (mínimo 30 € + 20 €); custodia del 0,15 % (España) o 0,35 % (extranjero) anual con mínimo de 8 € por trimestre (calculado por valor y prorrateado por días), + IVA; margen de divisa del 0,50 %; cobro de dividendos del 0,25 % con mínimo de 1,50 €, + IVA.
  • Estructura B — bróker de banco online con tarifa plana: 1 € por operación en cualquier mercado; sin custodia; margen de divisa del 1 % (el que aplicará desde el 10 de noviembre de 2026); cobro de dividendos del 0,25 % con mínimo de 1,50 €.
  • Estructura C — bróker online de bajo coste: 1 € + 1 € de tramitación por acción, 0 € + 1 € por ETF de su selección principal y 2 € + 1 € por el resto; sin custodia; margen de divisa del 0,25 %; conectividad de 2,50 € al año por mercado extranjero (en la cartera 2 se suponen los cuatro valores en un mismo mercado estadounidense).

Las carteras:

  1. Indexado con aportaciones: doce compras de 300 € al año de un ETF indexado en euros que cotiza en una bolsa extranjera, por ejemplo la alemana (3.600 € invertidos). En la estructura A eso aplica la tarifa internacional; si el ETF se comprase en la Bolsa de Madrid, la A costaría unos 171 € en lugar de 638,72 €. En la estructura C se supone que el ETF está en su selección principal, que según su propia tarifa se negocia en una bolsa alemana; fuera de ella, el coste sería de 38,50 € (1,07 %).
  2. Acciones estadounidenses: cuatro compras de 2.000 $, una al principio de cada trimestre, en cuatro valores (8.000 $) y un dividendo del 1,5 % anual sobre el saldo medio (5.000 $ con esas fechas), cobrado en cuatro pagos.
  3. Acciones españolas grandes: seis compras de 2.500 €, una cada dos meses, en tres valores sujetos al impuesto sobre transacciones que entran en las tres primeras compras (15.000 €), y un dividendo del 4 % sobre el saldo medio (8.750 € con esas fechas), en seis pagos.
Coste del primer año Estructura A Estructura B Estructura C
Cartera 1 — indexado (3.600 €) 638,72 € (17,7 %) 12 € (0,33 %) 14,50 € (0,40 %)
Cartera 2 — EE. UU. (8.000 $ ≈ 8.000 €) 344,44 € (4,31 %) 90,75 € (1,13 %) 30,69 € (0,38 %)
Cartera 3 — España (15.000 €) 203,69 € (1,36 %) 45 € (0,30 %) 42 € (0,28 %)
Cálculo propio con las tarifas consultadas el 2-11-2026. Incluye operaciones, divisa, custodia o conectividad, cobro de dividendos e impuesto sobre transacciones (30 € en la cartera 3, igual en las tres estructuras). No incluye impuestos sobre el dividendo, diferencial de compraventa ni TER. En la cartera 2 los euros son aproximados: se calcula como si 1 $ fuera 1 €. La custodia de la estructura A se prorratea por los días que cada valor está depositado y se calcula con el mínimo por valor; si el mínimo fuera por cuenta, la estructura A costaría 286,36 € (3,58 %) en la cartera 2 y 145,61 € (0,97 %) en la 3. Porcentajes sobre lo invertido.

Qué enseña la tabla:

  • Ninguna estructura gana en todo. La B es la más barata para el indexado en euros, por poco frente a la C si el ETF está en su selección principal (12 € frente a 14,50 €), y casi empata en acciones españolas, pero su margen de divisa del 1 % la hace tres veces más cara que la C en acciones estadounidenses: 80,75 € de sus 90,75 € son cambio de moneda.
  • En la estructura A, la comisión anunciada es lo de menos. En la cartera 1 se van 600 € en mínimos por operación (12 × 50 €). En la 2, la custodia de cuatro valores, por sus mínimos, cuesta 96,80 € con IVA aunque los valores entren escalonados a lo largo del año.
  • El impuesto sobre transacciones es igual para todos. En la cartera 3 son 30 € de los 42 € de la estructura C: el 71 % de su coste no es del bróker.

Un coste anual que parece pequeño se acumula. 10.000 € que rinden un 6 % anual se convierten en unos 32.071 € en veinte años. Si los costes restan medio punto cada año, en unos 29.178 €; si restan un punto, en unos 26.533 €. Es un cálculo simplificado, pero explica por qué estas líneas del folleto importan tanto como la elección de los valores. Sobre cómo encaja el coste en una estrategia a largo plazo, puedes leer cómo construir una cartera de inversión.

Cómo comparar dos brókeres en diez minutos

Sin recomendar ninguna entidad, estas son las preguntas que convierten una portada en un coste real:

  1. ¿Qué voy a comprar y en qué divisa? Si es todo en euros, la divisa no cuenta. Si no, busca el margen de cambio y sobre qué tipo se aplica.
  2. ¿Cuántas posiciones tendré y de qué tamaño? Con posiciones pequeñas, los mínimos por valor de la custodia mandan sobre el porcentaje.
  3. ¿Cada cuánto compraré? Con aportaciones pequeñas y frecuentes, lo que decide es el mínimo por operación.
  4. ¿Cobraré dividendos? Busca la comisión de cobro, si lleva IVA y si la entidad gestiona el W-8BEN.
  5. ¿Qué pasa si no opero? Busca cuotas por inactividad o custodia condicionada a operar.
  6. ¿Cuánto cuesta irme? Busca el traspaso de valores a otra entidad, por clase de valor.
  7. ¿Qué dice el informe anual de costes? Si ya eres cliente, el informe ex post de MiFID II te da la cifra total en euros y en porcentaje.

Con esas respuestas puedes rehacer la tabla anterior con tu propia cartera. Si inviertes en ETF, la guía sobre fondos indexados o ETF en España te ayuda a decidir antes si te conviene un bróker o una gestora de fondos.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio que el bróker me informe de todos los costes?

Sí. MiFID II obliga a informar de todos los costes y gastos antes de prestar el servicio, sumados y expresados en euros y en porcentaje, y a enviar un informe anual con los costes reales cuando hay una relación continua y se dan las condiciones del artículo 50.9 del Reglamento Delegado 2017/565 (que la entidad haya vendido o recomendado el producto o entregado su documento de datos fundamentales). También puedes pedir el desglose detallado de lo que te han cobrado en cada operación.

¿Las tarifas del folleto son las que me cobran?

No necesariamente. El folleto de tarifas recoge las tarifas máximas que la entidad puede aplicar. Muchas aplican tarifas más bajas, que publican aparte o figuran en tu contrato. Lo que manda es lo que has firmado; pregunta por escrito si dudas.

¿El impuesto sobre transacciones financieras es una comisión del bróker?

No. Es un impuesto del 0,2 % sobre la compra de acciones de las sociedades españolas de la lista anual de la Agencia Tributaria. El bróker lo ingresa en tu nombre, pero no se queda con él y es igual en todas las entidades.

¿Qué pasa si no he firmado el W-8BEN?

Los dividendos de acciones estadounidenses sufren una retención del 30 % en lugar del 15 %, y en tu declaración solo podrás deducir hasta el 15 %. La diferencia, en general, solo se recupera reclamándola a la administración de Estados Unidos, salvo que el bróker corrija la retención dentro del mismo año.

Fuentes y fecha de las tarifas

Tarifas consultadas el 2 de noviembre de 2026 en los documentos públicos de las entidades: tarifas estándar de un banco (octubre de 2026), tarifas de un bróker de banco online (vigentes desde el 10 de septiembre de 2026), página de tarifas de un bróker online, tarifas aplicables de otro bróker bancario (diciembre de 2025) y folletos de tarifas máximas de dos grandes bancos (en vigor desde el 3 de julio de 2026 y el 10 de febrero de 2025). Normativa: Orden EHA/1665/2010, Circular 7/2011 de la CNMV, proyecto de circular de la CNMV en consulta (julio de 2026), Reglamento Delegado (UE) 2017/565, artículo 50 y anexo II, Ley 5/2020 del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, relación de sociedades sujetas en 2026 (Agencia Tributaria), convenio con Estados Unidos según la Agencia Tributaria, dividendos procedentes de otro país (Agencia Tributaria) e instrucciones del formulario W-8BEN (IRS).

Este artículo tiene fines informativos y no es asesoramiento financiero ni fiscal, ni una recomendación de contratar con ninguna entidad. Las tarifas cambian: consulta siempre las vigentes en la web de cada entidad y tu contrato antes de operar.

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Foto de Nicolás Arven

Escrito por

Analista independiente de mercados, inversión y estrategia bursátil en Alternativa Bursátil.

Nicolás Arven es analista independiente de mercados, inversión y estrategia bursátil en Alternativa Bursátil. Su enfoque combina análisis macroeconómico, lectura de mercado, gestión del riesgo y criterios de inversión a medio y largo plazo.

Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y educativos. No constituye asesoramiento financiero personalizado ni recomendación de compra o venta de activos. Toda inversión implica riesgos y puede generar pérdidas.